El aval científico tendrá una vigencia limitada al periodo explicitado en el documento de concesión del mismo.
La SECIP puede retirar el aval si tras la concesión del mismo la actividad:
La actividad puede renunciar al aval notificándolo por escrito.
El aval podría suponer un coste para el solicitante, tras el estudio de la solicitud.
Actividades que pueden obtener el Aval Científico SECIP |
Como solicitar el Aval Científico SECIP |
Condiciones para la concesión del Aval Científico SECIP |
Organizador/ Promotor | Canon (€. sin IVA) |
Miembro o Grupo de Trabajo SECIP | 0 |
Industria Médica: socios protectores SECIPSociedades Científicas afines (AEP) | 00 |
Particular NO miembro de SECIP | 500 |
Industria Médica: socios colaboradores SECIP | 500 |
Otras Sociedades Científicas y entidades privadas | 500 |
Otra Industria Médica | 1000 |
Derechos y obligaciones |
La Junta Directiva evaluará las solicitudes de aval y decidirá su pertinencia.
Se reserva el derecho de solicitar la información más detallada al solicitante para poder valorar la concesión del aval.
La decisión será comunicada al solicitante en un plazo no superior a 30 días hábiles desde la solicitud.